miércoles, 14 de julio de 2010

El camino punto final

Decía yo que ayer ¿Qué donde estaban los metalúrgicos?

Es natural que para el tallado de la piedra que requiere el templo se use el metal. La obra hecha con piedra no parece requerir mas maestría; que la que poseían los romanos.

Obras como el acueducto de Segovia hecho de granito (a piedra seca sin argamasa). Los seis metros de cimientos que lo sustentan, también dan una idea de la habilidad de los constructores de hace dos milenios.

Las catedrales es otra historia. En primer lugar son de piedra caliza, mucho mas blanda y ligera, que el granito. Por esa razón permite los trabajos propios del gótico.

¿Pero quien proporcionó las herramientas? Es seguro que quien quiera que fuese, tenía un conocimiento empírico del fuego.

En la zona de la que hablo queda aun.  San Pedro Manrique, poblada desde la prehistoria. Romana probablemente desde Escipión y con primeros documentos en medievales en tiempo de Alfonso I El Batallador (vaya otra vez Alfonso)

Pues bien en algún momento alguien explicó a estas gentes el principio empírico de termodinámica que permite andar sobre el fuego. Y así lo hacen las noches del 24 junio, San Juan Bautista el precursor de Jesús y nacido 6 meses antes, según la tradición evangélica. Bonita forma de celebrarlos dos solsticios. ¿Pero como? Juan Bautista que es el santo de la pureza por el agua, termina siendo el santo del fuego. ¿Es un bautismo iniciático? Probable, las catedrales son en si un calendario, la necesidad de fijar la pascua (calendario lunar) sobre un calendario civil solar, obliga a disponer de un sistema de medición en que el reloj calendario es el propio templo. En el solsticio de San Juan las sombras al medio día serán las mas cortas del año. También un rayo que atraviese un rosetón dibuja el angulo mas perpendicular.  El plano de la iglesia se dibuja en el suelo. Los muros o ventanas  que han de cumplirla finalidad de reloj calendario se establecen el primer día.

Pero es lógico pensar que el que esto sabía también conocía la fragua y la metalurgia.

Hay en León ejemplos de fraguas, ferrerías de la baja edad media que aun son funcionales. Y mas lejos en Galicia y en sitios apartados como para guardar el secreto “talleres metalúrgicos” de la edad del bronce.

En revisión rápida me detendré unos momentos en San Millán de la Cogolla, con sus dos monasterios el troglodita o de Suso y el moderno abajo o de Yuso. Citarlos solo es por un ejemplo claro de lo que el simbolismo puede llevar a mezclar en en monasterio de Yuso hay un cuadro de San Millán a caballo de un unicornio atacando a las huestes moras. Por mas que la representación es anacrónica (San Millan murió antes de la conquista árabe) pero lo que le sorprende es la figura del unicornio animal mítico que representa desde la pureza a Jesucristo.

Y para terminar ya lejos de las ferrerías galegas lejos en el sentido histórico podemos encontrar restos vivos de un posible culto hermético. Una de las metalurgias esta vinculada a santa comba santa que llegó con su hijo a las costas galegas e un ataúd de piedra que la iglesia silenció por parecerle que la historia tenia algo de incestuosa pues la “santa se le supone vida marital” con su hijo. O tal vez solo fuese una sombra de culto a Isis y Osiris hermanos amantes e identificados ella con la madre tierra y el con el Hermes griego el dios de los secretos herméticos la metalurgia la alquimia...

O la presencia de metempsicosis dentro del rito católico. Como sucede en San Andrés de Teixido que según dicen por allá; va de muerto el que no ha ido de vivo. Eso si bajo la forma mosca sabandija escarabajo...

Y con esto cierro momentáneamente el blog hay algo que he visto hace poco puede que sea una entrda secreta al mundo hermético algo que quiero explorar de cerca. Pero volveré, si no me atrapa algún ser del otro lado del espejo.

Darío

martes, 13 de julio de 2010

Volviendo al camino.

Había hecho un alto para escribir sobre el Estatut. La falsedad de cifras y el nulo sentido democrático que añade al gobierno autónomo.

Gobierno a punto de ahogarse entre los pretorianos y Millet. Se entiende la preocupación de por dejar el sistema judicial atado como perro servil a las manos del poder.

Es un reflejo muy común en Cataluña el aire condal la ley del señor sobre la gleba. Pero no tocaré mas el tema por ahora.

Volviendo al cristo de Puente la Reina, hay quien lo ve crucificado sobre una pata de oca.

Pédauque la famosa reina del mito francés. Hay motivos para suponer que el pie de oca es un símbolo druida. Montes de Oca lugares de la oca hay abundantes en el camino.

Una leyenda arcana dice que sobre el mapa de Francia se dibujaba un juego de la oca. Un juego sobre lugares sacros que representan la iniciación esotérica.

La otra leyenda mucho mas comprobable relaciona la madre oca con el lenguaje de los pájaros. Los detentadores de este saber son los maestros canteros capaces de hacer las catedrales góticas. Sigfrido alcanza el conocimiento del lenguaje de los pájaros al bañarse en la sangre del dragón. Por ultimo otra leyenda dice que con la desaparición de la orden del Temple se produjo una huelga general de canteros que dejaron inconclusas todas las catedrales.

Sea como fuere el mito y el saber arcano están enlazados en la ruta jacobea. Aunque no hay que creer todo porque si los canteros además de mandil escuadra y compás como los miembros de la masonería fueron activos usaron el mallete y el cincel.

¿Donde está el saber de los metalúrgicos que hicieron los cinceles?

Darío

lunes, 12 de julio de 2010

Solo 65.000 manifestantes junto a Montilla.

Alguien sabe quien son estos  especialistas en medir aglomeraciones.

Según sus datos el 1.100.000 que secundaron a Montilla y sus palmeros solo fueron en realidad unos 65.000 personas


(Lo que da el pluriempleo, en la administración catalana seguro fueron 1.100.000 salarios de 65.000 personas)


También los manifestantes anti-aborto eran algunos menos.

Se admiten apuestas.

A la web de Lynce por aquí

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Darío

El Estatut con Lupa II

Los apartados 2, letras a), b), c), d) y e), y 3 del art. 98; 2. Son una clara injerencia de la política y ele ejecutivo catalán en la elección de jueces. Aparentemente empeora la actual relación poder justicia que atenta contra la separación de poderes que debe haber en un estado de derecho moderno.

Y por parecida razón por perpetuar ese estado de cosas no un catalán, sensato no debería aceptar esa redacción.

Los artículos 100 101 111 siguen hablando de compartir con el estado. Lo que prueba que no es un estatut que venga a solventar deficiencias solo quiere un reparto de poderes entre Barcelona y Madrid.

Yo soy de la teoría que además de los tres poderes de Montesquieu debiera a día de hoy existir otro control del pode económico Banco de España B.C.E. Que controle y supervise la actividad financiera. Sobre todo en aquellas instituciones como las Cajas que por no funcionar como sociedades anónimas tienen consejeros de origen político. Y que han sido en la mayoría de los casos los artífices del endeudamiento de comunidades y empresas públicas de las autonomías.

El TC tampoco acepta

El inciso "los principios, reglas y estándares mínimos fijados en" del apartado 2 del art. 126; Corresponde a la Generalitat la competencia compartida sobre la estructura, la organización y el funcionamiento de las entidades de crédito que no sean cajas de ahorro, de las cooperativas de crédito y de las entidades gestoras de planes y fondos de pensiones y de las entidades físicas y jurídicas que actúan en el mercado asegurador a las que no hace referencia el apartado 1, de acuerdo con los principios, reglas y estándares mínimos fijados en las bases estatales.

No tiene otro sentido, que el poner representación de la Generalitat en los mecanismos de control financiero pero no hay mejora de funcionamiento ni avance democrático

El inciso "siempre y cuando lleven a cabo un esfuerzo fiscal también similar" del apartado 3 del art. 206; Los recursos financieros de que disponga la Generalitat podrán ajustarse para que el sistema estatal de financiación disponga de recursos suficientes para garantizar la nivelación y solidaridad a las demás Comunidades Autónomas, con el fin de que los servicios de educación, sanidad y otros servicios sociales esenciales del Estado del bienestar prestados por los diferentes gobiernos autonómicos puedan alcanzar niveles similares en el conjunto del Estado, siempre y cuando lleven a cabo un esfuerzo fiscal también similar.

Parece que la vieja cantinela de que Cataluña paga mas y financia el estado del bienestar en toda España no es del agrado del TC. Aquí Tirios y Troyanos obvian que la mayor parte de PIB catalán esta obtenido por operaciones con “España” es justo que la progresividad de los impuestos graven mas donde más se produce. Pero si de estado del bienestar hablamos debe querer decir que un trabajador asalariado del campo, temporero y precario debe cotizar tanto como un trabajador industrial en teoría estable y mejor retribuido.

Es curioso, que siendo el señor Montilla inmigrante a Cataluña en busca de mejor vida les pida a sus paisanos esa igualdad de esfuerzo.

En resumen, el Estatut es una sarta de disparates que no suponen mejora en las atribuciones del pueblo catalán. Solo pretende mayor presencia de los órganos de gobierno propios que se podría resumir así Cataluña para los políticos catalanes y se esta vendiendo así Cataluña separatista para los catalanes.

Por ello, por la mentira que supone, porque quienes esto proponen no han sido capaces de solventar la crisis como tampoco lo ha sido el gobierno central. Es por lo que creo debemos decir.


Estatut Si Pero ni este ni así.


Darío

La Sentencia del Estatut con Lupa.

Dejaré por un momento los temas del “camino”. Es fascinante como se superponen creencias contrapuestas. La percepción de la realidad es siempre algo en que interviene la fe, o la interesada orientación del poder, sea este de la clase que sea.

Lo cierto es que no ha variado mucho la condición humana, los símbolos se viven y se manipulan desde los medios de comunicación. Estos medios un día fueron las imagenes y las iglesias. Hoy es la prensa y la Tv.

Los descerebrados del PSOE quieren demostrar que el fallo del TC es una derrota del PP.

Flaco favor a la democracia, el TC debe fallar en contra de situaciones abusivas al derecho constitucional. La constitución es algo que un día el pueblo español se dio libremente en las urnas. Dicho sea de paso, con mas participación que el referéndum estatutario. Es difícil entender que un estatuto que es según el diccionario es:

1. m. Establecimiento, regla que tiene fuerza de ley para el gobierno de un cuerpo.

2. m. Ordenamiento eficaz para obligar; p. ej., un contrato, una disposición testamentaria, etc.

3. m. Ley especial básica para el régimen autónomo de una región, dictada por el Estado de que forma parte.

4. m. Der. Régimen jurídico al cual están sometidas las personas o las cosas, en relación con la nacionalidad o el territorio.

Y Constitución se define como:

1. f. Acción y efecto de constituir.

2. f. Esencia y calidades de una cosa que la constituyen como es y la diferencian de las demás.

3. f. Forma o sistema de gobierno que tiene cada Estado.

4. f. Cada una de las ordenanzas o estatutos con que se gobernaba una corporación.

5. f. Estado actual y circunstancias de una determinada colectividad.

6. f. Biol. Naturaleza y relación de los sistemas y aparatos orgánicos, cuyas funciones determinan el grado de fuerzas y vitalidad de cada individuo.

7. f. Der. Ley fundamental de un Estado que define el régimen básico de los derechos y libertades de los ciudadanos y los poderes e instituciones de la organización política.

8. f. Der. En el derecho romano, ley que establecía el príncipe.

La primera discrepancia en cuanto a razón es obvia en el concepto del gobierno catalán el Estatut modifica la esencia es algo así, como que por determinado precepto las vacas vuelen. No hombre no, las vacas por constitución no vuelan.

El segundo y de acuerdo con la definición del DRAE es algo que da a una región el estado del que forma parte. Así lisa y llanamente el gobierno catalán no tiene competencias para hacer un estatut.

Si no gusta o no vale la ley que se les otorga, lo que procede es cambiar la constitución de frente y sin ambages. En ningún sitio se dice que La constitución sea eterna o inamovible.

Ahora veamos que no es de recibo para el TC

Apartado 1 del art. 6:

"La lengua propia de Cataluña es el catalán. Como tal, el catalán es la lengua de uso normal y preferente de las Administraciones públicas. Pues no un sistema que es bilingüe no puede ser preferente una lengua. Si se es ambidextro, se es con todas las consecuencias no se puede ser ambidextro con preferencia de derecha o de izquierda.

El apartado 4 del art. 76: Los dictámenes del Consejo de Garantías Estatutarias tienen carácter vinculante con relación a los proyectos de ley y las proposiciones de ley del Parlamento que desarrollen o afecten a derechos reconocidos por el presente Estatuto.

Pues no, no señor, un órgano no puede tener competencias de este tipo, ni estar creado para eso. Porque significa un carácter inamovible que ha de prevaler sobre el legislativo que ha de ser sin lugar a dudas expresión de la soberanía popular.

El inciso "con carácter exclusivo" del apartado 1 del artículo 78: El Síndic de Greuges tiene la función de proteger y defender los derechos y las libertades reconocidos por la Constitución y el presente Estatuto. A tal fin supervisa, con carácter exclusivo, la actividad de la Administración de la Generalitat,.../

Pues no tampoco es eso que un señor nombrado por la mayoría parlamentaria sea el único y exclusivo supervisor. Debe ser al contrario, que cualquier ciudadano a titulo personal partido o asociación puede y debe supervisar la acción del gobierno etc. etc.

Esto si es democracia, lo que se pretende aquí es una .cómoda para el gobierno- adjudicación de funciones. No la policía la justicia y los ciudadanos deben tener ese derecho y reponsabilidad.

El artículo 97; El Consejo de Justicia de Cataluña es el órgano de gobierno del poder judicial en Cataluña. Actúa como órgano desconcentrado del Consejo General del Poder Judicial, sin perjuicio de las competencias de este último, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Pues como que no, que en tanto no se devuelva la justicia al que la trabaja y el organo gestor de los jueces sea nobrado por ellos de manera independiente solo tendremos jueces con tendencias progresistas conservadores. Vamos a ver y no le levanten la camisa al pueblo. El Juez ha de ser el fiel de la balanza (símbolo por otra parte de La Justicia)

Como se puede pretender balanzas con el fiel torcido a derecha o izquierda. Eso no son balanzas son...

Fuente sentencia del TC.  Continuará...

Darío