Me llevaba ayer Víctor, por la
antigua Calle de la Inquisición.
Terminando nuestro paseo barcelonés, en la calle de La Seca. Llamada así por estar la antigua ceca de
moneda de Barcelona. Pasaba por el Fossar
de las Moreras y me sorprendía que no
hiciese mención al asedio que en 1714 sufrió Barcelona.
La sorpresa, a que no hubiese
ninguna referencia a los caídos en esa batalla era doble. Primero por hacer
referencia a que era solo el sacramental de Santa María del Mar. Pero mucho mas
importante la falta de mención, cuando el reinado de Felipe IV (III para la
cronología aragonesa) su sucesor Carlos II. La guerra dels segadors sus
consecuencias. El reconocimiento por rey catalán a Luis XIII. El poco caso, que este hizo en la defensa de
sus nuevos y "leales súbditos" si ocupa espacio en su obra. Parece, que sea un silencio voluntario,
intencionado.
Por otra parte, la desmembración
de Cataluña y el incumplimiento de los pactos entre Felipe IV y Luis XIV; terminó por hacer desaparecer todo
vestigio de lo catalán en las tierras del otro lado del pirineo. Algo que Luis se había comprometido a mantener.
Parece que el antiguo reino de Aragón
federalista y foral, acepta en principio el segundo testamento de Carlos II en
que deja heredero del trono a Felipe V.
Al centralismo borbónico, le era
incomprensible un sistema semejante donde el rey tenía que ir jurando, poco menos que de pueblo en pueblo, sus fueros
y usos particulares. También hay que reconocer que un sistema así no era
efectivo para un gobierno ágil. Si cada vez que se presentaba un gasto extraordinario
o una guerra debían convocarse cortes para solicitar subsidios, no había forma de llegar a tiempo.
Víctor y los de su generación, que eran conscientes de eso probablemente se encuentran en la misma dificultad con que se hallaron los constitucionales de Cádiz.
Víctor y los de su generación, que eran conscientes de eso probablemente se encuentran en la misma dificultad con que se hallaron los constitucionales de Cádiz.
Redactar una constitución, que
eleve los derechos del individuo. No olvidemos que el vasallaje feudal,
conlleva el hecho de que el noble, el abad o el obispo, son señores de horca y
cuchillo. Dueños de vidas y haciendas, que
el Conseller y consejo en Cataluña y el Prior y Jurados en Aragón son personas
puestas para garantizar que tanto la justicia civil como la mercantil son
ejecutadas correctamente, con arreglo a fuero uso y costumbre.
Es decir, son vigilantes, nunca legisladores. Lo de que el pueblo se dicta sus leyes, mediante una cámara legisladora, es algo propio de la política parlamentaria, no nacerá, hasta después de la revolución francesa.
En España, tímidamente, hasta después de La Primera República.
Es decir, son vigilantes, nunca legisladores. Lo de que el pueblo se dicta sus leyes, mediante una cámara legisladora, es algo propio de la política parlamentaria, no nacerá, hasta después de la revolución francesa.
En España, tímidamente, hasta después de La Primera República.
Por tanto pretender hacer pasar
por sistema parlamentario La Diputación de las Cortes, es una majadería
demagógica.
Y ahora vamos a ver dos aspectos
de nuestra historia que se presentan separados inconexos cuando en realidad,
tienen más relación entre sí que lo que una lectura ligera puede hacernos parecer.
Me hablaba Víctor de las calles
Cambios viejos y nuevos. Dice que eran tantas las monedas que el comercio barcelonés
manejaba, que fue necesaria la aparición de cambistas.
Estos eran unos mercaderes dedicados en exclusiva a cambiar unas monedas por otras.
Estos eran unos mercaderes dedicados en exclusiva a cambiar unas monedas por otras.
Como el préstamo y la usura
estaba muy mal visto, es mas era pecado, estos comerciantes a la manera de los
florentinos Medici, se dedicaban a cambiar unas monedas por otras según la
necesidad de cada comerciante y evidentemente tenían un porcentaje en la operación.
Que las tablas de cambio eran
propiedad de los catalanes de etnia judía no es ningún secreto.
Que abusaban del incauto tampoco,
que explotaban la necesidad tampoco. Que limaban un poquito de cada moneda de
oro para obtener un extra sería ingenuo no pensarlo.
En 1391 el 6 de junio estalló una
revuelta antisemita en Sevilla que el 5 de Agosto estalló la de Barcelona.
Muertos, heridos, conversos a la fuerza, expropiados, expatriados... Sus bienes
pasaron a la corona. Algo que en Aragón tenía fuerza de derecho. Lo normal era que
las Aljamas juderías o barrios moros al ser conquistadas las plazas durante la
reconquista fusen de jurisdicción real. Precisamente para poder respetar usos
leyes y costumbres, de estos grupos de españoles, que por su particular
historia no se amoldaban, al derecho feudal.
Es decir que en algún momento,
cuando los reyes de Aragón, juraban fueros y privilegios también asumían la
defensa de estas comunidades musulmanas o judías que continuaban su vida entre
cristianos.
Pues bien, el catalán obligado a
dejar su sus fueros y derechos puede ser equiparado a estos españoles obligados
a convivir en un derecho y usos ajenos. Que verdad es eso de, que no quieras
para otro, lo que no quieras para ti.
Con esto creo que queda bien
dibujado la situación de aquellos catalanes liberales y progresistas que
deseaban un país con una constitución nacional e igual para todos sus hombres.
Que los principales enemigos, eran el
clero y la nobleza que perdían poder y fuerza.
Ahora solo dejaré dos notas de Víctor
para vuestra reflexión la primera es la institución de la Tabla de Cambios de
la ciudad.
Está la placa conmemorativa en la Plaza de San Jaime o de la Constitución. Lo que mi amigo no cuenta es que se funda en 1401, es decir, diez años después de la revuelta del Call. El oficio de banquero ha tenido que ser asumido por la municipalidad ya no debían quedar prestamistas, perdón cambistas de moneda.
Está la placa conmemorativa en la Plaza de San Jaime o de la Constitución. Lo que mi amigo no cuenta es que se funda en 1401, es decir, diez años después de la revuelta del Call. El oficio de banquero ha tenido que ser asumido por la municipalidad ya no debían quedar prestamistas, perdón cambistas de moneda.
Oficio necesario porque en el
comercio de la Ciudad Condal era frecuente según este autor encontrar:
Mancusos, Bussanas, Brunas,
Quarts, Doblevas o dobles, Jaqueses (sueldos o sólidos),Denarios Comtales,
Croats, y hasta cincuenta tipos en oro, Florines de Génova, de Cambray, de
Sena, del Rin, de Bolonia, de Pisa, de Luca, de Bohemia... Reales de Oro de
Mallorca... de todas estas monedas y muchas más se conservaban con su correcto
peso ley y descripción en la Tabla de Cambios de Barcelona.
Por otra parte me hace llegar un
escrito del síndico donde da queja a Capitán General Francisco de Velasco de
que en los realitos que se acababan de fabricar en la Ceca de Barcelona ponía
el nombre del Rey Felipe V cosa no acostumbrada pues en la corona de Aragón era
solo Felipe IV. Nota del 17 de julio de 1705. Lo que prueba que para esa fecha la
ciudad ya no tenía potestad sobre su fábrica de moneda.
Y lo viene a corroborar la nota
de 26 de noviembre del mismo año exposición elevada a su Majestad Carlos III de
Austria ( el otro) pidiendo le permita acuñar moneda. Lo que refleja el estado de las arcas
públicas.
Al año siguiente el Rey escribía
al Consejo de Ciento notificando que por tener gran proporción plata en sus
arcas había dispuesto fabricar con ella realillos de moneda usual.
Todos contentos, un rey que paga,
que tiene plata y que los dejará en la estacada frente al enemigo, a la primera
ocasión adversa. Total le costaba el señoreaje de trescientas mil libras de plata ¿Qué es eso
para comprar una corona?